Compañera, con el debido respeto, los juristas tenemos una responsabilidad añadida cuando opinamos en público sobre una ley: quien nos lee da por hecho que la hemos leído, y no tiene por qué comprobarlo.
La pregunta de
@Javier_Maddox tenía una respuesta corta. ¿Qué derecho tiene un gay por encima de los demás? Ninguno.
Pero tú le has respondido atribuyendo a la Ley 4/2023 cosas que no están en ella.
Uno. No hay cuotas ni reserva de plazas para personas LGTBI en las oposiciones. El art. 11 solo obliga a garantizar la igualdad de trato en el acceso al empleo público.
Dos. No hay prioridad en vivienda pública ni preferencia en adjudicaciones. La ley solo prohíbe discriminar en el acceso a la vivienda, es decir, que no te nieguen un alquiler por ser gay.
Tres. No hay prestaciones económicas. Ni una sola paga por ser una persona LGTBI.
Cuatro. Lo que sí contiene la ley son protocolos contra el acoso. Los hay en los colegios y en las empresas de más de 50 trabajadores. Pero un protocolo antiacoso no da derechos a nadie: obliga a actuar cuando un menor es acosado en clase o un trabajador es humillado en su empresa, igual que ya ocurre con el acoso sexual en el trabajo.
Dices que ni Abascal ni Vox han planteado quitar derechos a las personas LGTBI. En la misma entrevista del vídeo, le preguntaron a Abascal si prohibiría el matrimonio homosexual. Su respuesta fue que unión civil sí, pero matrimonio no. Hoy las parejas del mismo sexo se casan gracias a la Ley 13/2005, que el Constitucional avaló en la STC 198/2012. Dejarlas fuera del matrimonio es quitarles un derecho que tienen. Y Vox recurrió la propia Ley 4/2023 ante el Constitucional.
Así que la idea de fondo se vuelve del revés. La ley no da a nadie más derechos por su orientación sexual: en ese terreno solo prohíbe discriminar, y esa protección te cubre a ti igual que a un hombre gay. La propuesta de Abascal es la que sí haría depender un derecho de la orientación sexual, porque el matrimonio quedaría reservado a las parejas heterosexuales.
Donde la ley sí prevé acción positiva es para las personas trans, y hay motivos. El 63% ha sufrido discriminación en el último año, y el 42% al buscar empleo. Su tasa de paro supera el 37%. Casi la mitad había ejercido la prostitución, y el 15% había sufrido agresiones físicas o sexuales. Con esas cifras, ¿de verdad alguien puede sostener que no hace falta una acción positiva? ¿En serio? ¿En qué momento ha pasado a estar bien visto presumir de no querer mejorar la vida de quienes peor lo pasan?
En cuanto a los desfiles y los desnudos, ya está bien de estigmatizar, de señalarnos y de vincularnos con lo que haga uno u otro.
El Orgullo no es un desfile. Es una manifestación, el ejercicio de un derecho fundamental que nació para reivindicar unos derechos que en este país se negaban hasta hace no tanto con la Ley de Peligrosidad Social. Quien quiera ver exhibiciones sexuales en la calle las tiene cada fin de semana en cualquier despedida de soltero con muñecas hinchables.
Así que a la pregunta de Javier, que era muy concreta, ¿qué derecho tiene un gay por encima de ti?, la respuesta sigue siendo ninguno. La ley le protege contra la discriminación por orientación sexual igual que a un heterosexual, porque se aplica a toda persona. Eso no es un privilegio. Es igualdad real y efectiva.
Encantada te lo resumo:
La Ley 4/2023 establece un régimen específico de protección del colectivo LGTBI frente a la discriminación, con medidas de acción positiva, inserción laboral, protección en el acceso a la vivienda, atención social, sanitaria y jurídica, programas educativos, protocolos contra el acoso, espacios de apoyo en centros escolares y financiación pública mediante subvenciones y convenios con asociaciones.
Contempla, además, medidas específicas para personas trans, incluidas ayudas para fomentar su contratación, cuotas reservadas en oposiciones, prioridad,en casos, en vivienda pública. prestaciones económicas, sin perjuicio de los beneficios establecidos en normas o convocatorias específicas, como son las leyes autonómicas.