Se convoca a acreditados juristas a señalar que el aplazamiento de la entrada en vigor a mediados del mes que viene no está en tensión con la urgencia. Tendrá bonus el que diga que, de hecho, el aplazamiento es prueba de la urgencia.
Dice la Constitución que solo se admiten dictar decretos leyes cuando, entre otras cosas, concurren la extraordinaria y urgente necesidad. Sánchez va y aprueba un Decreto ley con vacatio legis de más de un mes