Hoy nos enteramos que la ANFP no solo lleva 16 años funcionando en Peñalolén sin patente, sino que además sus construcciones no cuentan con recepción definitiva de la DOM. La ley prohíbe usar recintos u otorgar patente municipal sin esta autorización (art. 145 LGUC). Es decir, la ANFP opera en un inmueble que legalmente no puede ocupar.
Por irregularidades similares, a pequeños emprendimientos de barrio y a vecinos de Peñalolén se les ha aplicado todo el rigor de la ley. ¿Por qué se hace una excepción en este caso? No puede haber una ley para los chicos y otra para los grandes.
Como concejal de Peñalolén, solicito al alcalde que decrete la inhabilidad y la clausura del recinto hasta que la ANFP regularice su situación. Ni un privilegio más.